La normativa al detalle.
La normativa especifica que requisitos debe cumplir cada edificio en función del clima del lugar donde se encuentra. Para ello asigna un código formado por una letra y un número. Por ejemplo:
Barcelona y Girona son zonas C2, Tarragona B3 y Lleida D3. (Esta es la clasificación de las capitales)
La letras A-B-C-D-E indican cuan riguroso es el invierno. La A designa al invierno mas benigno, mientras que la E es para el mas riguroso. Este parámetro cuantifica la capacidad aislante que debe tener el edificio.
Los números 1-2-3-4 indican cuan riguroso que es el verano. El 1 es para los lugares de veranos benignos, mientras el 4 es para los mas rigurosos.
Este parámetro cuantifica lo buena que debe ser la «protección solar» de la carpintería.
Es mucho mas fácil de lo que parece:
Lleida se clasifica climáticamente como zona D3:
D porque tiene los inviernos muy fríos y hay que aislar bien y 3 por que los veranos son muy calurosos y hay que protegerse muy bien del sol.
Tarragona se clasifica climáticamente como zona B3:
B porque tiene los inviernos templados y 3 por que los veranos son muy calurosos y hay que protegerse muy bien del sol.
En una misma provincia puede haber varias zonas. Cada población tiene su clasificación en la que interviene su localización geográfica y la altura sobre el nivel del mar:
Puigcerdà en el Pirineo y a 1132m de altura es una zona E1:
E porque tiene los inviernos muy fríos y hay que aislar bien y 1 por los veranos templados en los que no hay que protegerse del sol.
Esta clasificación afecta a la manera como se deben aislar muros y ventanas, techos, suelos y cubiertas.
La normativa actual sobre aislamiento es el Código Técnico de la Edificación del año 2006 (CTE) que se desarrolla en el documento básico: HE-1 Limitación de la demanda energética.
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